
La Séptima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por la sociedad A33 International SpA y ordenó al Banco de Chile restituir el total de los fondos sustraídos por terceros mediante transferencias electrónicas fraudulentas desde la cuenta corriente de la empresa recurrente.
En fallo unámime (causa rol 24.524-2025), la sala integrada por los ministros Guillermo de la Barra, Fernando Guzmán y el abogado integrante Sebastián Perelló estableció el actuar arbitrario del banco al negar la restitución tras una investigación interna.
El fallo señala que el banco actuó de manera arbitraria al imputar responsabilidad a su cliente sin ofrecer explicación sobre el funcionamiento de sus sistemas de seguridad, especialmente porque el cliente había solicitado el bloqueo de los productos bancarios antes de las transferencias sospechosas. La resolución indica que los fondos depositados en cuenta corriente forman parte del patrimonio del cuentacorrentista y que su pérdida sin una imputación válida constituye una vulneración del derecho de propiedad.
Por tanto, la corte acogió la acción de protección y ordenó al Banco de Chile restituir la totalidad de los fondos extraídos de la cuenta corriente entre las 06:20 y las 09:20 horas del 15 de octubre de 2025.
Fuente: Sitio Web del Poder Judicial de Chile
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







