
La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de protección presentado por una paciente en contra de la Superintendencia de Seguridad Social y la COMPIN, dejando sin efecto la resolución que rechazó cuatro licencias médicas por un total de 240 días de reposo. El fallo ordenó la autorización de las licencias y el pago inmediato de los subsidios por incapacidad laboral, al considerar que el acto administrativo carecía de fundamentación suficiente y resultaba arbitrario frente a la gravedad del cuadro clínico de la recurrente.
La paciente, diagnosticada con raquiestenosis cervical severa y con indicación de cirugía descompresiva en el Hospital Carlos Van Buren, vio rechazadas sus licencias médicas por la autoridad sanitaria. La Superintendencia argumentó que la patología presentaba un curso crónico y que el reposo no tenía un rol terapéutico comprobable, sumado a que la actora acumulaba más de 800 días de reposo autorizado. La paciente, en tanto, sostuvo que el rechazo desconocía su estado de salud y la imposibilitaba de recuperarse mientras esperaba por una intervención quirúrgica en el sistema público, cuya fecha probable estaba fijada para el primer semestre de 2026.
LA EXCEPCIÓN DE IMPROCEDENCIA
La Superintendencia de Seguridad Social alegó la improcedencia de la acción constitucional, argumentando que la materia discutida se enmarcaba en el sistema de seguridad social, garantía protegida en el artículo 19 N°18 de la Constitución, la cual se encuentra excluida de la tutela del recurso de protección. El tribunal desestimó esta alegación señalando que, si bien el conocimiento de las licencias médicas pertenece al campo de la seguridad social, la conducta impugnada también afecta el derecho a la integridad física y psíquica y el derecho de propiedad, garantías que sí están tuteladas por el artículo 20 de la Carta Fundamental.
LA CONTRADICCIÓN CON EL DICTAMEN DE INVALIDEZ
Uno de los elementos centrales del fallo fue la existencia de un dictamen de invalidez emitido el 17 de junio de 2026, con fecha posterior a los rechazos, que reconoció la severidad del cuadro clínico de la actora y su condición de invalidez. Para la Corte, este instrumento técnico desvirtuó la premisa sobre la cual la Superintendencia basó su negativa, pues el propio sistema de seguridad social corroboró la gravedad de la patología que incapacita el ejercicio laboral, haciendo irrazonable mantener un rechazo basado en una evaluación administrativa superada por la realidad clínica certificada.
La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso también advirtió carencias de fundamentación en el acto impugnado. El tribunal consideró que la autoridad omitió considerar el carácter progresivo y severo de la dolencia, optando por un análisis puramente documental que no se condice con la realidad física de la paciente. En consecuencia, la inexistencia de una fundamentación suficiente, sumada a la contradicción con el dictamen de invalidez, transformó el acto en arbitrario, vulnerando las garantías de los numerales 1 y 24 del artículo 19 de la Constitución.
EL ANÁLISIS DE LA COMPIN Y LA SEREMI DE SALUD
La Secretaría Regional Ministerial de Salud de la Región de Valparaíso, en su informe, expuso que la actora presentaba licencias médicas por patología traumatológica acumulando 465 días autorizados según el Sistema Informático de Fonasa. El organismo defendió los rechazos argumentando que se trataba de un cuadro de curso crónico, sin posibilidad de variación con el reposo y sin un rol terapéutico comprobable. Sostuvo que la licencia médica tiene un carácter transitorio y supone la posibilidad cierta de reincorporación laboral, pronóstico que no se vislumbraba en este caso.
A pesar de esos argumentos, la Corte concluyó que la autoridad recurrida, al momento de decidir, no contuvo los elementos de juicio necesarios para comprender por qué se le negaba el derecho al reposo prescrito, frente a una patología cuya severidad fue validada por los especialistas tratantes y posteriormente reconocida por la propia autoridad. El fallo ordenó dejar sin efecto la Resolución Exenta N°R-01-DC-56363-2026 de 24 de abril de 2026 y dispuso la autorización de las licencias médicas y el pago inmediato de los subsidios por incapacidad laboral correspondientes a los folios indicados, sin costas.
Rol N° Protección-4294-2026, Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







