
Corte de Apelaciones de Concepción valida expulsión de alumno de la UNAB que publicó imágenes con IA alusivas a un tiroteo
La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó el recurso de protección presentado por un estudiante de la Universidad Andrés Bello que buscaba dejar sin efecto su expulsión. El alumno había compartido en Instagram dos imágenes generadas con inteligencia artificial en las que aparecía con chaleco antibalas, casco y cartuchos de munición, junto al mensaje outfit para mañana.
El episodio se produjo en un clima de alta tensión al interior del campus Concepción. Un día antes de la publicación, la casa de estudios había denunciado ante Carabineros y el Ministerio Público la existencia de rayados en los baños con frases como tiroteo 10 de abril o viernes 10 de abril, todos morirán. Esos rayados no fueron atribuidos al estudiante sancionado, pero constituyeron una alerta inicial que remeció a la comunidad universitaria.
Ese escenario llevó a las autoridades universitarias a iniciar una investigación sumaria, que concluyó con la expulsión del joven. Frente a esa decisión, el afectado dedujo un recurso de protección, sosteniendo que todo se trataba de una broma de carácter sarcástico. La Corte penquista, sin embargo, no acogió esa línea de defensa.
EL CONTEXTO DE LA AMENAZA
En el análisis del fallo difundido por el canal Poder Judicial Chile se explica que la calificación de la conducta no puede hacerse solo desde la intención declarada por el alumno. El contexto resulta decisivo: la comunidad había sido remecida por los rayados amenazantes y existía un temor comprensible, más aún cuando episodios de este tipo se han replicado en otros lugares del país.
La Corte valoró que el autor de las imágenes conocía o debía conocer ese ambiente de alarma. A pesar de ello, decidió publicar un contenido que evocaba directamente un ataque armado, intensificando el estado de conmoción. Para el tribunal, no prever las consecuencias de esa acción constituye a lo menos una negligencia grave.
Durante esos días también se registraron hechos de violencia y amenazas en otros establecimientos educacionales a nivel nacional, lo que refuerza el carácter sensible de la situación. El fallo descarta así que la excusa de la broma pueda neutralizar el impacto real que la publicación provocó en la comunidad universitaria.
LA POSICIÓN DE GARANTE
En el mismo análisis se destaca que las universidades y los establecimientos educacionales tienen una posición de garante respecto de todas aquellas condiciones que permiten una sana convivencia al interior de la institución. Ese rol les impone deberes de prevención y reacción frente a conductas que puedan generar pánico o poner en riesgo el normal desarrollo de la vida académica.
En esa línea, no resulta admisible que un miembro de la comunidad se excuse en una supuesta broma para justificar actos que provocan temor colectivo. La posición de garante obliga a la casa de estudios a actuar con firmeza, tal como ocurrió en este caso con la investigación sumaria y la posterior sanción.
La sentencia concluye que la Universidad Andrés Bello actuó dentro de sus protocolos y en ejercicio de las facultades legales que le permiten aplicar sanciones como la expulsión. La autonomía universitaria dota a las entidades de educación superior de capacidad resolutiva en todo cuanto se relaciona con su quehacer interno, lo que incluye la potestad de establecer medidas disciplinarias.
AUTONOMÍA UNIVERSITARIA
El pronunciamiento reafirma que la autonomía universitaria entrega a las casas de estudio capacidad resolutiva para ordenar su vida interna. En este caso, la sanción aplicada se enmarcó en esa facultad, considerando el contexto de amenaza en que se produjo la conducta.
El caso resulta ilustrativo de cómo los tribunales abordan la responsabilidad de los establecimientos educacionales frente a hechos que alteran el orden interno. La posición de garante no solo se traduce en deberes de vigilancia, sino también en la obligación de adoptar respuestas institucionales oportunas y fundadas.
Con este fallo, la Corte de Apelaciones de Concepción ratifica que el temor experimentado por la comunidad universitaria era entendible y que la universidad actuó dentro del marco normativo. El estudiante expulsado deberá asumir las consecuencias académicas de su conducta, mientras que la casa de estudios ve respaldada su potestad sancionadora.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







