
El sistema de multifondos A, B, C, D y E bajo el cual las AFP administran los ahorros previsionales de los trabajadores chilenos desde 2002 tiene fecha de expiración. El 1 de abril de 2027 entrará en vigencia un esquema completamente distinto: diez fondos generacionales que asignarán a cada afiliado según su año de nacimiento. La Superintendencia de Pensiones publicó el borrador de la norma que regirá este cambio el pasado 3 de julio, en cumplimiento de lo ordenado por la reforma previsional de 2025. El reglamento definitivo se conocerá antes del 1 de septiembre, pero el texto en consulta ya revela las reglas de un nuevo paradigma que introduce conceptos técnicos hasta ahora inéditos en el régimen de inversiones de las AFP.
LOS NUEVOS FONDOS GENERACIONALES
En el modelo actual, los afiliados eligen voluntariamente entre cinco multifondos que van del más riesgoso al más conservador, con restricciones para mujeres mayores de 51 años y hombres sobre 56. En el esquema que se avecina, esa libertad desaparece para el ahorro obligatorio: cada persona será asignada automáticamente al fondo que corresponda a su fecha de nacimiento.
La estructura se compone de diez etapas. El fondo inicial agrupa a los afiliados de hasta 35 años (Etapa 1). Le siguen ocho fondos intermedios que cubren tramos de cinco años cada uno (Etapas 2 a 9). El décimo fondo, llamado de consolidación, es para los mayores de 75 años (Etapa 10). Las personas conservarán la facultad de elegir la AFP en la que quieren estar y también podrán decidir en qué fondo generacional depositar su ahorro previsional voluntario.
EL GLIDEPATH O TRAYECTORIA DE RIESGO
El nuevo sistema opera bajo una lógica de ciclo de vida: el riesgo se reduce de manera automática a medida que el afiliado envejece. Ese recorrido se conoce como glidepath, definido en el borrador del regulador. En AFP Cuprum explican que se trata de la ruta que sigue cada fondo de pensiones durante décadas, reduciendo gradualmente la exposición a activos volátiles.
La Superintendencia fija un techo máximo para los llamados activos de crecimiento, que incluyen acciones, deuda de mayor riesgo y activos alternativos. Ese límite baja con la edad. Para los más jóvenes, el máximo es de 90% en activos de crecimiento. Al llegar a los 51 años, el tope ronda el 60%, y desde los 60 años en adelante se sitúa en cerca del 29%. El espacio liberado debe trasladarse a activos de protección, definidos como inversiones en renta fija nacional y extranjera, cuya función es dar estabilidad y resguardar el ahorro acumulado.
PREMIO Y CASTIGO PARA LAS AFP
La reforma previsional introdujo un mecanismo novedoso que permite premiar o castigar a las AFP según sus resultados de inversión. La vicepresidenta ejecutiva de la FIAP, Karol Fernández, señala que a nivel internacional no se conoce un mecanismo similar al chileno, aunque existen comisiones por retorno en algunos países, pero son poco frecuentes.
La Superintendencia detalló las reglas. Primero, definió rangos para cada clase de activo dentro de cada fondo generacional. Dentro de esos rangos, cada AFP escoge su propia estrategia de inversión. Para cada clase de activo se fijó un índice de mercado que sirve como referencia, como el MSCI World para renta variable extranjera de mercados desarrollados o el Infoces para acciones chilenas. La combinación ponderada de esos índices que cada AFP elige como cartera de referencia se denomina benchmark.
Cada mes se comparará la rentabilidad real obtenida por la AFP en cada fondo generacional contra el benchmark, tomando el retorno promedio mensual compuesto de los últimos 36 meses. Si la AFP supera al benchmark por un margen amplio, cobrará una compensación equivalente al 5% del exceso sobre la banda. Si pierde por un margen amplio, deberá aportar de su propio patrimonio un 5% de la diferencia. Este premio o castigo no podrá exceder el 15% de las comisiones promedio cobradas por las AFP.
Existe una banda de tolerancia antes de activar el premio o castigo. Es más alta en los fondos de los jóvenes, equivalente a 0,9% anual en la Etapa 1, y se reduce hasta 0,6% anual en la Etapa 10. Si la rentabilidad cae dentro de esa banda, no ocurre nada.
Para que se otorgue un premio no basta con superar la banda superior. Se exigen tres condiciones simultáneas adicionales. Primero, la rentabilidad nominal debe ser positiva; si el fondo pierde dinero en términos nominales, no hay premio aunque gane al benchmark. Segundo, la AFP no debe haberse desviado demasiado del benchmark, medido a través del tracking error, con topes que van de 1,1% a 0,6% anual según el fondo. El tracking error cuantifica cuánto se aleja la cartera administrada de su índice de referencia. Tercero, la AFP debe ganar de forma consistente en relación al riesgo asumido, medido por el information ratio, que debe superar 0,33. Este ratio busca determinar si la rentabilidad extra obtenida es acorde al riesgo tomado y no fruto de una apuesta afortunada.
PERIODO DE TRANSICIÓN
Los premios y castigos no operarán desde el primer día. La primera ocasión en que una AFP podrá cobrar o quedar obligada a aportar será el 1 de abril de 2029. La primera medición evaluará los 12 meses previos, y cada mes que pase se sumará uno más hasta completar los 36 meses en abril de 2031.
Durante la transición, entre abril de 2028 y marzo de 2031, las bandas de desviación serán más anchas, equivalentes a un 3% anual para todos los fondos, y el tracking error permitido será de 3,5% anual. Recién en abril de 2031 entrará en régimen el esquema definitivo, con márgenes más estrechos y diferenciados por fondo generacional, midiendo los tres años móviles anteriores.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







