
Banco Central advierte que derecho al olvido financiero afectará condiciones de acceso al crédito
Mediante una comunicación enviada el lunes 20 de julio al presidente de la Cámara de Diputados, Jorge Alessandri, el Banco Central se pronunció sobre la iniciativa conocida como derecho al olvido financiero, que obliga a bancos y retail a eliminar de sus registros las deudas de personas naturales ya pagadas. La norma fue aprobada en el contexto de la megareforma.
PRONUNCIAMIENTO DEL BANCO CENTRAL
En su misiva, Rosanna Costa, presidenta del Banco Central, señaló que la referida norma no formó parte del proyecto de ley original enviado por el Ejecutivo. Por ello, las instancias de discusión general del proyecto, a las que habitualmente se invita a organismos técnicos, expertos y terceros interesados, no dieron ocasión de aportar antecedentes sobre esta materia.
Según el Banco Central, la indicación introduce un derecho al olvido financiero significativamente más amplio que el contemplado por la Ley sobre Protección de Datos Personales, de acuerdo con las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.719, que entrarán en vigor el 1 de diciembre de este año.
ALCANCE DE LA NORMA
El análisis del Banco Central explicó que la Ley N° 21.719, publicada el 13 de diciembre de 2024, modificó el artículo 17 de la Ley N° 19.628, incorporándole un nuevo inciso que regirá a contar del 1 de diciembre de 2026. Este inciso establece que los responsables de datos deberán suprimir de sus registros o bases de datos toda aquella información personal relativa a obligaciones prescritas, sin necesidad de mediar solicitud, orden judicial ni instrucción de la autoridad de protección de datos.
Además, el artículo 18 de la misma ley limita el tratamiento de datos para obligaciones financieras, bancarias o comerciales, disponiendo que en ningún caso pueden comunicarse los datos relativos a una persona luego de transcurridos cinco años desde que la respectiva obligación se hizo exigible.
La norma impediría a instituciones financieras y demás acreedores no solo comunicar datos a terceros, sino que también se verían privados de conservar en sus registros internos información relativa a deudas extinguidas por prescripción, pago u otros modos legales, e incluso respecto de cualquier obligación de esa clase por el mero transcurso del plazo de cinco años.
POSIBLES EFECTOS EN EL CRÉDITO
El Banco Central advirtió que la iniciativa también establece expresamente la prohibición de considerar la información de las deudas mencionadas como un criterio para que las instituciones bancarias o financieras denieguen el acceso al crédito o a productos financieros.
En sus conclusiones, Rosanna Costa sostuvo que, si bien la iniciativa persigue objetivos legítimos como favorecer la reinserción financiera de las personas y fortalecer la protección de datos personales, su contenido podría entrar en conflicto con normas relativas al derecho de propiedad, la garantía general de los acreedores y las obligaciones naturales. Asimismo, podría generar efectos relevantes sobre la evaluación del riesgo crediticio, el comportamiento de los deudores y las condiciones de acceso al crédito.
EVALUACIÓN DEL EJECUTIVO
Hasta ahora el Ejecutivo evalúa opciones para no promulgar dicha indicación.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







