
Cámara de Diputados analiza proyecto que acota delito de apremios ilegítimos a personas bajo custodia
La Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara de Diputadas y Diputados se encuentra tramitando un proyecto de ley que busca modificar el artículo 150 D del Código Penal, con el objetivo de delimitar la aplicación del tipo penal de apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes. La iniciativa, patrocinada por los diputados Luis Pardo Sainz y Francisco Orrego Gutiérrez, propone exigir de forma expresa que la víctima se encuentre bajo custodia del funcionario público imputado para que la conducta sea sancionada bajo esta figura.
El proyecto responde a lo que sus autores califican como uno de los principales problemas interpretativos que ha generado la aplicación del artículo 150 D del Código Penal. Según los fundamentos de la moción, la redacción actual es excesivamente amplia, lo que ha permitido que el delito sea invocado en contextos muy diversos, incluyendo procedimientos policiales dinámicos y actuaciones de control del orden público, aun cuando la víctima no se encontraba bajo custodia efectiva del funcionario.
DELIMITACIÓN DEL TIPO PENAL
La moción señala que esta amplitud ha abierto un debate relevante, pues parece inconveniente sostener una tesis extensiva del tipo penal y confundirlo con figuras como las lesiones u otros ilícitos vinculados al uso ilegítimo de la fuerza. La iniciativa se inclina por la tesis restrictiva, argumentando que, al tratarse de conductas socialmente consideradas de extrema gravedad, es necesario reservar la figura de apremios ilegítimos para aquellos supuestos en que el abuso estatal se produce respecto de una persona especialmente sometida al poder, control o custodia de la autoridad.
Los autores del proyecto aclaran que esta posición no implica impunidad, sino la persecución por tipos diversos. La idea es precisar los elementos que configuran la conducta, de modo que la persecución penal en base a estos tipos de extrema gravedad se dirija efectivamente contra actuaciones que impongan dicha necesidad. La iniciativa busca reforzar el principio de tipicidad, delimitando con mayor claridad cuándo una actuación de un empleado público puede ser considerada apremio ilegítimo u otro trato cruel, inhumano o degradante.
CONTENIDO DE LA PROPUESTA
El proyecto de ley propone reemplazar el inciso primero del artículo 150 D del Código Penal. La nueva redacción establece que será sancionado el empleado público que, en incumplimiento de los reglamentos respectivos, actúe abusando de su cargo o que en el ejercicio de sus funciones, aplique, ordene o consienta en que se apliquen apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, a una persona bajo su custodia, que no alcancen por su gravedad a constituir tortura.
La pena propuesta es presidio menor en sus grados medio a máximo y la accesoria correspondiente. Igual sanción se impondrá al empleado público que, conociendo de la ocurrencia de estas conductas, no impida o no haga cesar la aplicación de los apremios o de los otros tratos, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello y estando en posición para hacerlo.
PROTECCIONES VIGENTES SE MANTIENEN
La iniciativa conserva las reglas vigentes de protección reforzada para las personas menores de edad o en situación de vulnerabilidad por discapacidad, enfermedad o vejez, plasmadas en el aumento de la pena en un grado cuando la conducta recaiga sobre ellas. Se mantiene un estándar agravado de tutela respecto de quienes se encuentran en una posición de especial indefensión.
Asimismo, el proyecto conserva la regla que excluye de esta figura las molestias o penalidades que sean consecuencia únicamente de sanciones legales, inherentes o incidentales a ellas, o derivadas de un acto legítimo de autoridad. También se mantiene la cláusula conforme a la cual, si los hechos constituyen un delito de mayor gravedad, deberá aplicarse la pena correspondiente a ese delito.
Los autores de la moción enfatizan que el objetivo es precisar el tipo penal sin afectar la sanción de hechos constitutivos de tortura u otros delitos de mayor gravedad. La iniciativa se encuentra actualmente radicada en la Comisión de Hacienda para su análisis en lo pertinente y podrá pasar por la Comisión Mixta como etapa adicional antes de su eventual aprobación.
Rol 18432-07, Cámara de Diputadas y Diputados de Chile.
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







