
El pleno del Tribunal Constitucional revisará este martes, a las 9:30 horas, el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por el Gobierno contra el artículo 31 de la megarreforma aprobada recientemente en el Congreso. En juego está la obligación de que las concesionarias de distribución eléctrica, de servicios sanitarios y de gas reconecten gratuitamente los servicios en zonas declaradas en estado de catástrofe.
El artículo 31 introduce un nuevo precepto, un artículo 2° bis, a la Ley N° 16.282, que regula los efectos de sismos y catástrofes. Según la disposición, las empresas concesionarias de agua potable, electricidad y gas deberán restablecer el suministro sin costo para los usuarios residenciales y para las micro, pequeñas y medianas empresas que residan en zonas afectadas por una catástrofe. La norma detalla que la reconexión gratuita se aplicará en las zonas afectadas por los incendios de Valparaíso, Ñuble y Biobío. El alcance es amplio: incluye incluso los casos en que el suministro haya sido suspendido previamente por falta de pago.
El Tribunal Constitucional, presidido por la abogada María Pía Silva, quien fue nombrada el 25 de junio de 2018, decidió convocar a una audiencia para resolver la controversia. En la audiencia fijada para este martes solo se permitió el alegato del abogado representante del Gobierno, Joaquín Palma. El abogado dispondrá de 30 minutos para exponer las razones para impugnar el artículo mencionado.
Los abogados de los gremios de las firmas afectadas pidieron que se realizara una audiencia en la que ellos pudieran exponer sus argumentos, pero el TC rechazó esta petición, asegurando que previo a la vista de la causa se tendrán presentes sus escritos para la resolución. La Asociación de Empresas de Gas Natural (AGN), la Asociación de Empresas Eléctricas (EEAG) y la Asociación Nacional de Empresas de Servicios Sanitarios (ANDESS) también acudieron al TC para impugnar el cuestionado artículo del proyecto de ley.
En entrevista con La Tercera, el abogado Joaquín Palma explicó los fundamentos de la impugnación. Según sostuvo, el proyecto que dio origen a la megarreforma contiene una idea matriz clara: la reconstrucción de las regiones de Valparaíso, Biobío y Ñuble. Sin embargo, el artículo 31, tal como quedó redactado, ni siquiera menciona a esas regiones. Palma señaló que la medida no tiene un enfoque acotado a la reconstrucción de las zonas afectadas. Por el contrario, a su juicio, el artículo hace algo muy distinto: a través del vehículo de la Ley de Reconstrucción, modifica la Ley N° 16.282, que regula la declaración de zonas de catástrofe por sismos u otras catástrofes. De este modo, la reforma tendría un efecto general y proyectado hacia el futuro. Ni siquiera apunta a la reconstrucción de las regiones a las que hace referencia.
Por su parte, diputados y senadores de oposición presentaron escritos al Tribunal Constitucional para solicitar el rechazo del requerimiento del Ejecutivo.
Las fuentes consultadas señalaron que es muy probable que este martes, al mediodía, se comunique el resultado, pero que quede pendiente la redacción final.
Fuente: La Tercera
Nota del Editor Fotografía referencial generada por Inteligencia Artificial.







